declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento de la adolescente BRISANDY MORALES MORALES, identificado con el Nº 925, del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia Ricaurte, Municipio Mara, Estado Zulia y en la Oficina del Registro Principal del Estado Zulia.
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción integra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original y duplicado, llevado por la Jefatura Civil de la Parroquia Ricaurte, Municipio Mara, Estado Zulia, sin hacer alteración de la partida rectificada, colocando al margen de esta última una nota marginal señalando que la misma fue objeto de rectificación según la presente sentencia, con indicación del número, libro y fecha en la que quedó inserta esta sentencia en dicho libro. Igual anotación marginal debe estamparse en el acta de nacimiento rectificada que reposa e.....