La solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Acta de defunción; 2) Copias de cedulas de identidad 3)Actas de Nacimiento 4) declaración de testigos evacuados por ante la Notaria Publica Cuarta de Maracaibo en fecha 18 de Junio de 2013 ; por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el articulo 937 del código de Procedimiento Civil, este tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos CLARA EUGENIA M. MARCUCCI DE CASTRO, MARIA TERESA JIMENEZ DE MARCUCCI, ALONSO EDUARDO JOSE MARCUCCI JIMENEZ, HECTOR ARMANDO MARCUCCI JIMENEZ, CLARA EUGENIA MILAGRO MARCUCCI JIMENEZ, GUSTAVO ADOLFO MARCUCCI JIMENEZ, MARIA CAROLINA MILAGROS MARCUCCI JIMENEZ, RAFAEL ERNESTO JOSE MARCUCCI JIMENEZ y ISABEL CRISTINA MILAGROS MARCUCCI JIMENEZ, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº V-5.167.227, V-1.042.104, V-4.518.089, V-5.167.224, V-5.167.227, V-5.845.516, V-7.709.355, V-9.708.590 y V-12.442.770 como UNICOS Y UNI.....