Este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos FRANCISCO JOSÉ BAPTISTA y JOSEFINA COROMOTO ATENCIO OLIVARES, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día veintiocho (28) de Diciembre de mil novecientos setenta y cuatro (1974), por ante el Prefecto del Municipio Santa Lucia, Distrito Maracaibo del Estado Zulia , Acta No.456.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon tres hijos de nombres: MAYLIE COROMOTO BAPTISTA ATENCIO, MAYKA CAROLINA BAPTISTA ATENCIO y FRANCISCO JAVIER BAPTISTA ATENCIO, actualmente mayores de edad.
Con respecto a la liquidación de la comunidad conyugal, este Tribunal declara que la misma es impro.....