Por los fundamentos expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda que por PENSIÓN DE ALIMENTOS, intentara la ciudadana MARTHA NELLY SÁNCHEZ GONZÁLEZ, en contra del ciudadano ÁNGEL RAMÓN TOYO CASTRO, por haberse configurado la confesión ficta establecida en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, y por vía de consecuencia de fija el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del sueldo, aguinaldos, bono vacacional, caja de ahorros, prestaciones sociales, prima por hogar, prima por antigüedad, comida contractual y comida por municipio foráneo, cantidades éstas que le corresponden al ciudadano ÁNGEL RAMÓN TOYO CASTRO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.593.536, por concepto de su asignación al cargo desempeñado como obrero (bedel) en la Escuela Maria Ragio en la Vi.....