Firme como ha quedado la Sentencia N° 02-08, dictada en fecha 13.02.2008, dictada por el Juzgado Duodécimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual sancionó penalmente al penado RUBEN EDUARDO ROMERO, cedula de identidad N° V-15.946.459, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana ELENA GONZALEZ, este Tribunal pone en ESTADO DE EJECUCIÓN LA SENTENCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto el referido penado se encuentra en Libertad, se acuerda librar boleta de citación para que comparezcan por ante este Juzgado el día 05-05-08, a las nueve (9:00) de la mañana; así como también indica este Juzgado, que en virtud de la pena que fue impuesta, la cual no excede de tres años, de conformidad con lo establecido en .....