Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO en los términos establecidos, celebrado entre la ciudadana KELY MILEY ORTIZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-17.913.583, domiciliada en el sector Virgen del Carmen, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y el ciudadano: LUIS ANGEL CARDONA GRANADOS, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.011.542, domiciliado en la Urbanización Los Pozones, calle 5, casa s/n, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, en favor del niño: (IDENTIDAD OMITIDA)CARDONA ORT.....