decreta:
- Medida de embargo preventivo sobre el cincuenta por ciento (50%), de los haberes que se encuentren depositados en las siguientes cuentas bancarias: 1) 0105-0617-430617-03127-4, 0103-0129-620129-16048-2, 0105-0129-670129-15798-8, 0105-0722-71-1722013583, aperturadas en la entidad financiera Banco Mercantil. 2) 0121-90-0186948778 y 0116-0121-98-0033113114, aperturadas en la entidad financiera Banco Occidental de Descuento, cuyo titular es el ciudadano ALBERTO JOSÉ SOTO CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.847.041. Asimismo dichas cantidades deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL Nº 4, para lo cual, se comisiona suficientemente al JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, SAN FRANCISCO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE.....