Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECIDE: PRIMERO: AUTORIZA LA DESTRUCCIÓN DE LA SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTRÓPICA, consistente de la muestra "A", veintinueve (29) envoltorios, tipo pitillos, elaborados en material sintético transparente, sellados en ambos extremos con el mismo material, con una longitud de 3,5 cms aproximadamente, contentivos c/u en su interior de un polvo de color beige, CON UN PESO DE 2,6 GRAMOS, que resultaron ser, COCAINA CLOROHIDRATO, tal como se evidencia de Experticia Química N° 9700-135-DT-2185, de fecha 14-09- 2010, suscrita por los funcionarios Dra. Bernice Hernández y Lic. Ronald Mavárez, Expertos adscritas al Departamento de Toxicología del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación Zulia, la cual le fuera .....