Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión de los imputados: ROBERTO JESUS ESPINOZA, de nacionalidad venezolana, Cabimas, Estado Zulia, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 08-08-1988, de estado civil soltero, de profesión u Oficio Frutero, titular de la cedula de identidad No 19.328.343, hijo de ROBERTO SANGRONI y DEICY ESPINOZA, residenciado en EL Barrio Milagro Sur, calle 200, casa sin numero, a tres casas del deposito de Licores Las tres Divinas Personas, teléfono 0416-1331086, Municipio San Francisco, Estado Zulia. Y EDMUNDO GERARDO BOSCAN RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, Maracaibo, Estado Zulia, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 30-01-1981, de estado civil soltero, de profesión u Oficio Chatarrero, titular de la cedula de identidad No 17.736.777.....