III.- Por los fundamentos expuestos:
Este Juzgado SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ALBERTO RANGEL RAMÍREZ y XIOMARA MATOS TINOCO, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día catorce (14) de marzo del año mil novecientos noventa y dos (1992), ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del estado Maracaibo del estado Zulia, según consta de acta de matrimonio signada con el número 82.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon una hija de nombre ALEXANDRA YAXIBEL RANGEL MATOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-22.243.637;.....