: ADMSIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS interpuesto por la profesional del derecho Doria Figuera, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 56.783, en su condición de defensora privada de los ciudadanos 1. Endry Gabriel Pimentel Chirino, 2. Johan José Pérez Pirela y 3. Juan Diego Medina Salom, titulares de las cédulas de identidad N° V.- 20.661.608, V.-16.119.832 y V.- 30.199.432, respectivamente, dirigido a impugnar la decisión N° 248-25 de fecha doce (12) de febrero de 2025, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 439, ordinales 5° y 7° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMISIBLE EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN presentado por la profesional del derecho Tahinasharazd Valconi, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 98.064, en su condición de apoderada judicial de .....