Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO COLÓN Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
a) SIN LUGAR, la SOLICITUD DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, solicitada por la ciudadana NOLERIA DEL CARMEN ROMERO CORTES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.896.795, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia, asistida en este acto por el abogado CIRO ANGEL PARRA, Defensor Público Nº 09, para el área de la LOPNA, en contra del ciudadano NERIO ALÍ PINEDA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.331.320, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia; en virtud de que no pudo ser comprobada la Filiación entre el demandado de autos ciudadano NERIO ALÍ PINEDA CASTILLO y el menor PEDRO DANIEL ROMERO CORTES, para quién solicitan el cumpli.....