Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL RESPECTIVO CÓMPUTO DE PENA, relacionado con el penado HÉCTOR MANUEL MORALES CONSUEGRA, de nacionalidad Colombiano, de 40 años de edad, casado, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad N° E-73.104.821, hijo de Adolfo Morales y Sonia Consuegra, y residenciado en la vía a la Cañada, en el sector Sabana Perdida, en el Granja "Ninosquita", del señor Rolando Antonio Paz, y la dirección de la tía Marisabel Álvarez Consuegra, quien reside en en el barrio Santa Fe II, calle N° 06, de Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 64, 479, 482 y 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Asimismo se ordena oficiar al Director del Centro Penit.....