Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por los Ciudadanos: MANRIQUE BARBOZA , venezolano ; mayor de edad; titular de la cedula de identidad No- 14.305.017, asistido por la Abogada DIANA BRIÑEZ , mayor de edad e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No- 21.433, por una parte y por la otra, PEDRO SANGRONI, mayor de edad Abogado en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 140.670, apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA MARQUEZ BARRIOS, C.A ( CONSTRUCTORA M & B, C.A) en lo sucesivo llamada (CONSTRUCTORA M & B, C.A)., le cancelarla al : EX TRABAJADOR:,MANRRIQUE BARBOZA , la cantidad de TREINTA Y UN MIL ( Bs 31.000) mediante cheque, No 45.000595, girado contra el Banco occidental De DESCUENTO, de fecha 27 de Febrero d.....