En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana GABRIELA GARCIA DE HANNA, de nacionalidad española, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-523.269, contra los ciudadanos LUCIA URRESTI de DEL VALLE, LUIS ALBERTO DEL VALLE URRESTI y JOSE ALEJANDRO DEL VALLE URRESTI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-2.610.960, V-6.815.730 y V-15.183.160, respectivamente, en su carácter de herederos del finado LUIS DEL VALLE LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.210.961. En consecuencia se condena a los demandados, ciudadanos LUCIA URRESTI de DEL VALLE, LUIS ALBERTO DEL VALLE URRESTI y JOSE ALEJANDRO DEL VALLE URRESTI, a lo siguiente:
PRIMERO: En el desalojo del inmueble arrendado, como consecuencia de su incumplimiento en el pago de los cánones de arrendamiento correspondiente .....