DECISIÓN
En mérito de las razones antes expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se decreta La NULIDAD de OFICIO de la decisión N° 010-2010, de fecha veinte (20) de Enero del año 2010, emitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; todo de conformidad con los criterios jurisprudenciales expuestos en el presente fallo, el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 190, 191, 195, 196 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ORDENA a la Jueza de Instancia, proceda a convocar a todas las partes involucradas en el presente proceso, a los fines de celebrar la audiencia oral, prevista en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, y así escucharlas y garantizarle su.....