PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano LUIS ALBERTO GONZÁLEZ CARDOZO, presentada por la ciudadana ROSELYS DEL VALLE LÓPEZ NATERA, sobre el acta asentada en fecha 24.03.2004, bajo el N° 246, folio 264 de los libros de Registro Civil de Defunciones llevado al efecto por ante la Prefectura del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: Se ordena corregir los errores alegados en dicha acta de la siguiente manera: donde se lee:"que el finado nació en Caracas, tenía treinta y siete años de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N°. 9.423.948", debe decir: ... "que el finado nació en Caracas, tenía treinta y siete años de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad N°. 9.423.948", y donde se lee: "Deja el finado seis hijos de nombres: ALBANIS, IDALMIS, LUIS, ANDRES, LAURA Y ALBERT GONZÁLEZ..." debe decir: "Deja el finado seis hijos de nombres: ALBANIS, IDALMIS, LUIS, ANDRES, LEIDY LAURA Y ALBERT G.....