Resuelve:
a) Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos JOHANA ISABEL HUERFANO CHACON y LEONARDO JOSE RIVAS PEREZ.
b) En cuanto a la Patria Potestad y Responsabilidad de Crianza de la niña VALERIA ISABEL RIVAS HUERFANO, será compartida entre ambos padres, de conformidad con la Ley; y la custodia de la niña será ejercida por la madre. En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, el padre podrá convivir con su hija cuantas veces lo desee, siempre y cuando no interrumpa con sus horas de sueño, descanso y futuros estudios. Las épocas de semana santa, decembrina, días feriados y fines de semanas serán compartidas y alternadas por ambos padres, previo acuerdo. Referente a la Obligación de Manutención, el padre se compromete a suministrar como Obligación de Manutención para su hija, la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) MENSUALES. Los gastos médicos (consultas y/o) medicinas), vestuarios, uniformes, escolares, recreaci.....