Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra del ciudadano LUIS MIGUEL PEÑA VILLALOBOS, CEDULA DE IDENTIDAD N° 17.098.770, Venezolano, natural de Maracaibo, de 22 años de edad, Fecha de Nacimiento: 28-12-1985, de estado civil casado, estudiante, hijo de Miguel Peña (D) y Jaira Villalobos, residenciado en la Parroquia Domitila Flores, Barrio 28 de Diciembre, Av. 49-FC, Casa N° 180-83, Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES Y DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO, previsto y sancionado en el Artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano DOUGLAS JOSE MUJICA ALVAREZ, y en conse.....