Ahora bien, a los fines de procurar y garantizar el estado de justicia social y la seguridad jurídica, se ordena al Consejo Comunal de la Urbanización Playa El Ángel, a convocar en un plazo de treinta (30) días continuos siguientes a la oportunidad en que la presente decisión se encuentre definitivamente firme, la celebración de una Asamblea de ciudadanos, a los fines de someter a consideración el proyecto del Restaurant El Positano, y tomar nueva decisión en la cual no se incurra en los vicios aquí determinados, y en tal sentido se procure otorgar el Aval para su construcción, tomando en cuenta las opiniones y/o sugerencias de la Comunidad. So pena de incurrir en desacato a la Autoridad Judicial. Así se establece.
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas resulta forzoso para este Juzgador declarar como en efecto declarara en el dispositivo del presente fallo PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de Nulidad de la decisión tomada en fecha 13 de junio de 2013, p.....