DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD, la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana María Gerónima Aranguren De Guedez, quien en su escrito manifiesta actuar en su condición de madre de la procesada ANAÍS ESTEFANÍA GUEDEZ ARANGUREN, asistida por el Abg. Frandy Romero, I.P.S.A. 126.194, por la presunta violación de derechos constitucionales, contra la fundamentación realizada por el Tribunal de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal, y por haber mantenido la medida privativa de libertad, que violenta los principios consagrados en los artículos 2, 26, 27, 44, 46 ordinal 2, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4, 30, 39, 40 y 42 de la Ley Orgán.....