¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Obligación de Manutención, de fecha 23 de Febrero de 2010, celebrado por los ciudadanos GLENY CHIQUINQUIRÁ GONZALEZ y WILLIAM MEJIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.793.307 y 9.712.235 respectivamente, en beneficio de la niña GENESIS ANDREA MEJIA GONZALEZ y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido Convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
¿ Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los Veintiséis (26) días del mes de Febrero del 2.010. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federació.....