Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ALY JOSÉ BERMÚDEZ ROJAS y MARBY DEL VALLE SALAZAR BERMUDEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 11.853.298 y 12.222.461, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio Alan Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 161.351, respectivamente, fundamentada en el contenido del artículo 185-A del Código Civil, por todos los razonamientos expuestos en la parte motiva del presente fallo los cuales se dan aquí por reproducidos íntegramente. En consecuencia, se ordena la devolución de los originales respectivos previa su cert.....