Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CONDENA al ciudadano ADRIAN ELIEZER ALEX ROMERO. Venezolano, natural de Maracaibo, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 08-05-86, titular de la Cédula de Identidad N° 18.987.094, Comerciante, concubino, hijo de Adrián de Jesús Bravo y Masleidy Josefina Alex Romero, residenciado en el sector José León Mijares, Barrio Natividad, detrás de la chatarrera, calle principal, teléfono: 0416-9622968, a cumplir una pena de SEIS (06) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley del articulo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de COMPLICE NO NECESARIO EN LA COMISION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 y 84 numeral 3 del Còdigo Penal vigente y como autor de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA Y APR.....