este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO y consumado el DESISTIMIENTO efectuado en fecha veinte (20) de enero de 2011 por el profesional del derecho y de este domicilio JORGE SUAREZ MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.866, actuando en su propio nombre y representación, como parte intimante en el procedimiento que por ESTIMACIÒN E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, fue incoado en contra del ciudadano HENRY JOSE VILLALOBOS MAVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.825.701 y domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en el curso del proceso que por DESALOJO sigue la ciudadana MARIA DE LA CRUZ SÀNCHEZ DE GIRÒN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.530.334, en contra del ciudadano HEN.....