por lo cual este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a la ciudadana ANGELA ELENA AÑEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad N° 5.849.098 en su condición de cónyuge y a los ciudadanos DANILO JOSÉ, YEMERSON ENRIQUE, JOSÉ MANUEL, ISBETH MATILDE, ZULANY MARGARITA, ERNESTO ENRIQUE, JUAN CARLOS y XIOMARA MARGARITA HERNANDEZ AÑEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de la Cédula de Identidad N° 10.418.505, 15.282.651, 11.863.377, 16.623.310, 11.863.378, 10.418.506, 14.136.169 y 14.824.066 en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano IVAN ENRIQUE HERNANDEZ ALBILLAR, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° 4.154.887, fallecido abintestato en su reside.....