Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD a favor del penado LUIS ANGEL VICUÑA MENDEZ, Venezolano, natural de Cabimas Estado Zulia, portador de la Cedula de Identidad Nº 11.892.238, soltero, mecánico, hijo de Luis Ángel Vicuña y de Carmen Rosa Méndez, residenciado en Barrio 26 de Julio, avenida 34 Callejón Santa Ana, Casa Nº 27 Cabimas Estado Zulia, y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL Y LA COSA JUZGADA en la presente causa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Notifíquese la presente decisión; ofíciese a la División de Antecedentes Penales del Ministerio d.....