DECLARA: CON LUGAR el Interdicto de Amparo por perturbación en la posesión ejercida, propuesto por los profesionales del derecho y de este domicilio ALFREDO URDANETA TROCONIS y HERMILO PÁEZ ÁVILA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 5.798 y 33.717, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano CIRILO BOHORQUEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad No. 1.655.098 y de este domicilio en contra de la sociedad mercantil PROMOCIONES ODRADEK, C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del antiguo Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha catorce (14) de octubre de 1991, bajo el No. 31, Tomo 21-A Pro., representada por su presidenta y representante legal ciudadana ANA SARAID ROMERO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 6.446.770, domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, sobre los tres (03) galpone.....