Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, en contra del ciudadano DOUGLAS JOSE RODRIGUEZ, , de conformidad con lo establecido en el Artículo 330 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplir con los requisitos que establece el artículo 326 de la norma adjetiva penal. Asimismo, se decreta el Sobreseimiento por la comisión del delito de Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Especial de Género, de conformidad con el artículo 318, ordinal 1, SEGUNDO: SE ADMITEN LAS PRUEBAS ofrecidas por el Ministerio Público, todas por considerarlas útiles pertinentes y necesarias, de conformidad con .....