Vista la incomparecencia a la Prolongación de la Audiencia Preliminar de la ciudadana DANNELYS DEL VALLE ALZOLAR DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad: N° V- 14.508.690, en su carácter de demandante, ni por si, ni por medio de sus apoderados judiciales, legalmente constituidos, abogados en ejercicio RONALD JOSÉ SALAZAR MAIZ y CÉSAR EDUARDO BUCARITO MARTÍNEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado), bajo los N°(s): 101.332 y 164.273, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, procedió a dictar la decisión en forma Oral, tal como consta de acta levantada al efecto y publica en este mismo día la presente decisión, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Vene.....