Igualmente, siendo que de actas de evidencia, que con las medidas previamente dictadas en actas, no se han logrado garantizar a la ciudadana ERICA SANDREA PEROZO, sus intereses en la sociedad mercantil RUTAS AÉREAS DE VENEZUELA, S.A., (RAVSA), derivado de la falta de colaboración con las funciones del Veedor Judicial designado, ciudadano ALFREDO FERRER, según se evidencia de los informes presentados en fecha 20 de julio y 27 de septiembre de 2011, 25 de enero y 28 de febrero de 2012, este Juzgador procediendo con la facultad contenida en el artículo 191 ordinal 3 del Código Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso del Poder Cautelar General del Juez, DECRETA MEDIDA INNOMINADA DE CO ADMINISTRACIÓN de la sociedad mercantil RUTAS AÉREAS DE VENEZUELA, S.A., (RAVSA), conocida también como VENEZOLANA DE AVIACIÓN, hasta tanto conste en actas la partición de la comunidad conyugal de las partes del proceso conforme a lo establecido en el art.....