Por todo los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de: UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS DE PRISIÓN, al GERY ALEXANDER RIVERO FIGUERA, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.971.574, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido en fecha 12/07/1985, de 24 años de edad, estado civil soltero, con tercer año de Educación Básica aprobado, hijo de Lourdes Figuéra (v) y Alexander Rivero (v), domiciliado en Campo Morichal, Calle "F", N° 24, cerca del Colegio Francisco de Miranda, Punta de Mata, Estado Monagas. El lapso comenzará a correr una vez que dicho penado sea impuesto de la presente decisión. Todo se realizó conforme a lo pautado en los Art.....