Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO y RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS incoara la sociedad mercantil INVERSIONES M.J.A. 2000, C.A., contra la sociedad mercantil INVERSIONES DEBOSA, C.A., ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se decreta MEDIDA de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los derechos proindivisos de un bien inmueble constituido por un lote de terreno de diez metros cuadrados (10 mts2) de ancho y por treinta y un metros (31 m) de largo, ubicado en el sector norte de Chapellin, antigua población de Sabana grande, jurisdicción de la Parroquia el Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital