Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la recusación interpuesta por el Profesional del Derecho FRANKLIN GUTIÈRREZ, actuando en su carácter de defensor de los acusados CARLOS DAVID JIMENEZ QUINTERO y DEIVIS DAVID MELEAN PIÑEIRO, en contra de la Profesional de la Derecho NELLY MESTRE URDANETA, en su carácter de Juez Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión La Villa del Rosario, de conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa signada con el N° 1C-871-07, Asunto IURIS N° VP02-X-2008-000108, seguida contra los antes mencionados acusados, por la presunta comisión del delito de TRÀFICO ILÌCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÒPICAS previsto y sa.....