Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Proseguir la presente causa por el Procedimiento Especial previsto en el Articulo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado DARWIN RAFAEL SOTO MEDINA, Natural de Cabimas, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V. 11.889.039, Hijo de Josefina Medina, Euro Soto (dif), residenciado en Sector Punta Gorda, Barrio Campo Unido, calle Libertador, casa sin numero, como a 100 metros de la bomba YAIMA, teléfono No 0416-0665613, manifiesta saber leer y escribir. Seguidamente se le solicita sus datos fisonómicos: estatura de 1,67, pesa 85 kilos, de .....