Se declara:
1. CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoada por el ciudadano ERNESTO ENRIQUE SANCHEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No 39.483, procediendo con el carácter de endosatario en procuración del ciudadano TITO MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 3.778.153 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la ciudadana SONIA DE ECHEVERRÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 7.806.448 y de este domicilio.
2. Se condena a la parte demandada ciudadana SONIA DE ECHEVERRÍA, antes identificada, al pago de la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00), mas el pago de los intereses moratorios contados a partir del 16 de Octubre de 1994, fecha en la cual se hizo exigible la obligación, hasta la fecha en al cual quede definitivamente firme el presente fallo, acordándose que para establecer el monto de los m.....