Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido por primera vez en fecha 27-06-2004, y en fecha 19-12-2006 este Juzgado Séptimo de Ejecución le otorga el Régimen Abierto, siendo su ultima presentación por ante este Juzgado en fecha 31-07-2007, revocándole dicha medida en fecha 27-08-2007, por lo que estuvo detenido TRES (03) AÑOS, UN (01) MES Y CUATRO (04) DIAS. Posteriormente es detenido nuevamente en la sede del Poder Judicial en fecha 18-02-2008, por lo que hasta el día de hoy 22-02-2008, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido CUATRO (04) DÍAS, que sumado al tiempo anterior, lleva un total de pena cumplida de TRES (03) AÑOS, UN (01) MES Y OCHO (08) DÍAS. Tiene redimido en razón de trabajo y estudio UN 01) AÑO, UN (01) MES Y VEINTISEIS (26) DIAS, que sumados al tiempo anterior lleva de pena cumplida CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) MESES Y CUATRO (04) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS.- Ahora b.....