En virtud de lo anterior, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Ø Procedente el decreto de medida de embargo Preventivo sobre las Prestaciones Sociales, que le pueda corresponder al ciudadano RAMON ROBERTO ZARRAGA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No.V-3.506.839, en su condición de trabajador al servicio de la empresa SEMARCA, en caso de retiro, despido, incapacidad parcial o total, o muerte. Todo hasta cubrir la cantidad de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES (Bs.29.510.581, oo), suma intimada, y en consecuencia para su ejecución se faculta amplia i suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Rosario de Perija y la Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en l.....