Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: declara a la cónyuge, la ciudadana MORELBA JOSEFINA PARRA y a sus hijos, el ciudadano ERICK JESUS RODRIGUEZ PARRA, mayor de edad y a los niños y/o adolescente, (cuyos nombres se omiten de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA), de dieciséis (16), once (11) y diez (10) años de edad, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: ERICK GUSTAVO RODRIGUEZ PARRA, quien en vida era venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número V-10.381.881, quien falleció en fecha diecinueve (19) de diciembre de 2016, según se evidencia de copia certificada del acta de registro civil de defunción Nº 18, expedida por la Unidad de Registro Civil de .....