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Decisiones del dia 21/09/2009 |
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N° Expediente :
15973
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N° Sentencia :
130
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Fecha: 21/09/2009 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: JOSÉ LUÍS MARÍN Y RUBIS MARGOT GÓMEZ ORTIZ |
Resumen:
declara:
a) Aprobado y homologado el convenio celebrado entre los ciudadanos JOSÉ LUÍS MARÍN y RUBIS MARGOT GÓMEZ ORTIZ, ya identificados, en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
b) Se fija como obligación de manutención las siguientes cantidades: el progenitor se compromete a suministrar una obligación de manutención por la suma de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. F. 400,00) mensuales, a razón de CIEN BOLÍVARES (Bs. F. 100,00) semanales, los cuales pagará a partir del día 31/08/2009, los cuales depositará en una cuenta de ahorro que será aperturada en el Banco Occidental de Descuento de esta ciudad, a nombre de la madre de la adolescente; adicionalmente, le suministrará 8 ticket cesta equivalente a la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES (154,00), en señal de su cumplimiento alimentario. Asimismo, suministrará para la primera quincena del mes de septiembre 2009 y los sucesivos, el cien por ciento (100%) o equivalente a NOVECIENTOS BOL.....
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Juez/Ponente:
Marlon José Barreto Ríos
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
13843
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N° Sentencia :
105
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Fecha: 21/09/2009 |
Procedimiento: Obligacion De Manutencion |
Partes: NILSA PANA POLANCO Y DIOGENES CRUZ ACUÑA. |
Resumen:
DECLARA:
a) LA PERENCION DE INSTANCIA en el presente juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana NILSA PANA POLANCO; venezolana, mayor de edad, cedulada bajo el N° V- 17.804.062, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia; en contra del ciudadano DIOGENES CRUZ ACUÑA, extranjero, mayor de edad, cedulado bajo el N° E- 81.761.996; en relación con el niño (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad).-
b) MANTIENE EN VIGENCIA por el lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de que quede firme la decisión dictada por este Tribunal de Protección, las medidas preventivas decretadas por este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 04, en fecha 08 de agosto de 2008.-
Publíquese. Regístrese y Notifíquese.
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Juez/Ponente:
Marlon José Barreto Ríos
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
13660
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N° Sentencia :
104
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Fecha: 21/09/2009 |
Procedimiento: Ofrecimiento De Obligación De Manutención |
Partes: JOSÉ TOTO RANGEL PERNIA |
Resumen:
DECLARA:
a) LA PERENCION DE INSTANCIA, en la presente causa de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN; formulada por el ciudadano JOSÉ TOTO RANGEL PERNIA; venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el Nro. V- 5.826.618; actuando en relación con la adolescente (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), de catorce (14) años de edad; en contra de la ciudadana ROSA ELENA CACERES CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.900.934.-
b) TERMINADA la presente causa y en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.-
No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del proceso.-
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.-
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Juez/Ponente:
Marlon José Barreto Ríos
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
15964
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N° Sentencia :
117
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Fecha: 21/09/2009 |
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención |
Partes: ISELA DEL VALLE IBAÑEZ BARRIOS Y JOSÉ RAMÓN SEMPRÚN SENCIAL |
Resumen:
declara:
a) Aprobado y homologado el convenio celebrado entre los ciudadanos ISELA DEL VALLE IBAÑEZ BARRIOS y JOSÉ RAMÓN SEMPRÚN SENCIAL, ya identificados, en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
b) Se fija como obligación de manutención las siguientes cantidades: 1) El progenitor se compromete a depositar, en una cuenta de ahorro que se aperturará para tal fin, la cantidad de CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,00) QUINCENALES, que asciende a DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00) MENSUALES, dinero este que será administrado por la progenitora en beneficio único y exclusivo de sus hijos. 2) En lo referente a los gastos de salud, la progenitora se compromete a cubrir los gastos médicos y el progenitor se compromete a cubrir los gastos de medicinas y tratamiento especiales que necesiten sus hijos. 3) En época de navidad y fin de año, el progenitor se compromete a cubrir los gastos de ropa, calzado y juguetes en beneficio de sus hijos. 4) En cuanto a la educaci.....
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Juez/Ponente:
Marlon José Barreto Ríos
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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