CAPITULO IV
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, en la causa que por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACIÓN), intentada por la ciudadana ALBA DEL CONSUELO RINCON DE LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.277.096, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 7.444, actuando en nombre propio y representada por su apoderado judicial el abogado en ejercicio ALBERLID MEDINA FARIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.945, domiciliados en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana NILZA RINCON FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.053.402, representada.....