Por los fundamentos expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, considera procedente en derecho AUTORIZAR el PERMISO DEL TRASLADO a la Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, al residente LARRY JAVIER SANCHEZ ANGARITA, Venezolano, Natural de San Carlos del Zulia, Estado Zulia, soltero, fecha de Nacimiento 16-12-75, de Profesión u oficio Comerciante, Titular de la Cédula de Identidad No. V-13.009.715, hijo de ELBA ANGARITA y de SERGIO SANCHEZ, residenciado en el Barrio "Angélica de Lusinchi", Calle 104, casa s/n, cerca del negocio "El único", Maracaibo, Estado Zulia, al encuentro deportivo multidisciplinario por la copa denominada "MI LIBERTAD PLENA", a celebrarse los días 02-04-05 y 03-04-05, con motivo de la celebración los XXV Aniversario del Progreso de Tratamiento No Institucional (Día del Delegado de Prueb.....