Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Resuelve, PRIMERO: decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano DIRMO VERGARA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Mérida, estado Mérida, de 30 años de edad, fecha de nacimiento 31/05/1980, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, titular de la cédula de identidad N° V-18.150.328, hijo de Ana Vergara y de Alejandro Arias, y residenciado en el sector Boscán, barrio San Vicente, calle principal, casa s/n, diagonal al mini mercado "Los Vecinos", Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, respecto del tipo legal de AMENAZA, esto es, a poco de haber ocurrido el.....