Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismo no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbre, no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el convenimiento presentado por las partes codemandadas de la presente causa, sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO RODRIGUEZ, C.A., ciudadano EDIXON JOSE RODRIGUEZ ARTEAGA y la ciudadana MERCEDES NAZARETH BERNAL MOLINA, plenamente identificados en actas, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACIÓN, siguió la sociedad mercantil MERCANTIL, C.A., contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO RODRIGUEZ, C.A., ciudadano EDIXON JOSE RODRIGUEZ ARTEAGA y la ciudadana MERCEDES N.....