Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al joven adulto (SE OMITE SU NOMBRE EN VIRTUD DEL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA), plenamente identificado en autos, en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, en calidad de coautor, previsto en el artículo 458 en concordancia con el Artículo 83 ambos del Código Penal, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio de los ciudadanos BARTOLOME ANTONIO ORDOÑEZ y AZLAY JOSE BLANCO DIAZ; y ROBO AGRAVADO, en calidad de coautor, previsto en el artículo 458 en concordancia con el Artículo 83 ambos del Código Penal, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del ciudadano DAVID LEONARDO TROCONIS FERRER; e imp.....