Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: a) CON LUGAR la EJECUCIÓN FORZOSA solicitada por la ciudadana KARELIS CAROLINA SANCHEZ ARCINIEGA, venezolana, soltera, secretaria, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.751.392, en contra del ciudadano CHARLE JOSE CHAVEZ GUTIERREZ, Venezolano, soltero, Policía Regional, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.725.102, en beneficio su hija: (IDENTIDAD OMITIDA) CHAVEZ SANCHEZ, de (04) años de edad.-
a) Le se descontado al ciudadano CHARLE JOSE CHAVEZ GUTIERREZ, Venezolano, soltero, Policía Regional, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.725.102, la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) quincenales, para los gastos de obligación de Manutención, a partir del 30 de junio del presenta año 2011.-
b) Le se desc.....