DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada ante este Juzgado por la abogada en ejercicio NOLIDA COROMOTO RAMOS RINCON, inscrita en el inpreabogado Nro. 290.818, en representación de los ciudadanos JOSE GREGORIO GONZALEZ LOPEZ Y YARITZA LOURDES PORTILLO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-7.900.121 y V-6.005.697, domiciliados en Barcelona España, representación que se evidencia de poder debidamente autenticado en la Notaria de Valero Soler Martin- Javato en fecha 28 de enero de 2025 y apostillado bajo el N° N5301/2025/004552 en fecha 29 de enero de 2025, en consecuencia, se declara DISUELTO .....