Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Admitir totalmente la acusación presentada por la Fiscal del Ministerio Público, contra del imputado ELIS ANTONIO ANDRADE, Venezolano, natural del estado Trujillo, nacido en fecha 27-09-67, de 41 años de edad, hija de los ciudadanos Juan Materano y Maria Teodora Andrade, de profesión vigilante, Titular de la Cédula de identidad No. V- 10.211.445, domiciliado en Colina de Bellomonte, Etapa 2, Calle 7, Casa No. T-22, Municipio Simón Bolívar, Estado Zulia, teléfono: 0426-766-84-85, por la comisión de los delitos de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida libre de Violencia, VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo42 ejusdem, cometido en perjuicio de la Ciudadana MAILIN BEATRIZ ANTE.....