a) PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada por la ciudadana ANA SUSANA MANAREZ VILLALOBOS, en la solicitud de RECLAMACIÓN ALIMENTARIA intentada por la mencionada ciudadana, en contra del ciudadano RAFAEL ALBERTO FERNANDEZ MENDEZ antes mencionado, a favor del niño RAFAEL DAVID FERNÁNDEZ MANAREZ, ya identificados,
b) CON LUGAR la Demanda de Reclamación Alimentaria a favor del niño de autos.
c) MODIFICA la sentencia de fecha 27 de Enero de 2006 Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en lo que respecta a la fijación de la Obligación Alimentaria para a favor del niño RAFAEL DAVID FERNANDEZ MANAREZ , en consecuencia
d) FIJA como pensión alimentaría para el niño RAFAEL DAVID FERNANDEZ MANAREZ la cantidad equivalente a CINCO TERCIOS (5/3) de salario mínimo mensual, el cual se ajustará automática y proporcionalmente, sobre la base de los elementos antes señalados, tomando en cuenta la tasa de inflación determ.....