DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano JOSE BERNARDO LOPEZ VILLA, venezolano, mayor de edad, estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad No. 18.742.081, de profesión Obrero, hijo de MARTA VILLA Y MARIO LOPEZ, residenciado en La Av. Milagro Norte Sector Los Pescadores, Calle 13. N. 23ª-27, Diagonal al Mercal el Gallo, Municipio Maracaibo .....